viernes, 25 de mayo de 2012

Derecho Financiero y Tributario y Derecho Eclesiástico; la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Al hilo de dos artículos que he leído (ahora los comentaré) me ha venido a la cabeza una cosa que quería comentar desde hace tiempo.

En la declaración del I.R.P.F. que, supongo, la mayoría de mis lectores estarán haciendo durante estas fechas, hay dos casillas destinadas a financiar obras benéficas o de caridad. La primera es para actividades de este tipo realizadas por Instituciones o Entidades de la Iglesia Católica (si bien es cierto que se denomina para el "sostenimiento económico de la Iglesia Católica", en la práctica se usa para lo que se usa ya que, de no existir esta casilla, que facilita enormemente la transferencia de renta hacia la Iglesia, Instituciones como Cáritas, pero no sólo, se verían muy afectadas) y la segunda para el mismo tipo de entidades pero realizadas por Instituciones no confesionales (o, al menos, de confesión no católica; ignoro si hay alguna ONG confesional de otra religión).

A este respecto quiero animar a todo el que me lea a que marque alguna de estas casillas, ya que la situación está muy mal (y peor que va a estar). Los pobres ya no están sólo en África; ahora puede ser el vecino de al lado (o incluso nosotros mismos en menos de lo que imaginamos).

De este modo, marcando estas casillas podemos incluso realizar un acto de egoísmo (ayudar a alguien que, en un futuro, posiblemente nos tenga que mantener a nosotros). Y sí, han leído bien. Marcando estas casillas (esto es lo que quería comentar), ya que pueden marcarse ambas a la vez, en contra de lo que piensa todavía mucha gente.

Marcar una de ellas no implica pagar más ni recibir menos. Marcar las dos tampoco. Y, sin embargo, es tan beneficioso para todos...

¡¡Ojo!! Marcar ambas casillas tampoco significa pagar más a una que a otra, ya que para ambas va un 0'7% diferente de la cuota íntegra (es decir, un 1'4% en total).

Comentado esto, les recomiendo tanto el artículo de S. McCoy Vaya por Dios, la mejor X no es la del porno (v. 2012), en el que se dan razones objetivas por las que marcar la casilla de la Iglesia Católica, como el artículo de Fernando Giménez Barriocanal (vicesecretario para asuntos económicos de la Conferencia Episcopal Española) El régimen fiscal de la Iglesia en el que, entre otras cosas, se dice algo que olvidé comentar cuando estudié Derecho Eclesiástico del Estado; en asuntos fiscales la Iglesia Católica está tratada de igual manera que el resto de confesiones (no paga el I.B.I. porque otras confesiones, como la musulmana, tampoco lo pagan por la Mezquita de la M-30, ni por la de Fuengirola, etc.), así que no cabe como excusa no marcar la casilla porque "para eso no pagan el I.B.I.".

La casilla está para lo que está (sostener la labor social fundamentalmente) mientras que lo del I.B.I. se hizo por lo que se hizo (porque, al igual que el resto de entidades religiosas que han alcanzado el estatus de confesiones con diálogo con el Estado, no tiene ánimo de lucro y, en consecuencia, se considera un bien público facilitar la existencia de lugares de culto en aras a la libertad religiosa, que es un Derecho Fundamental consagrado en la Constitución Española). Así que no mezclen churras con merinas.

P.D. Si no creen mis palabras sobre la necesidad de marcar dichas casillas pásense un día por un comedor social (de Cáritas o de otra ONG) y vean el panorama.

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